PORQUE ES UN CONTRATO DE CORRETAJE. El corretaje, regulado en los artículos 1340 a 1353 del Código de Comercio, es un contrato en virtud del cual una parte llamada corredora, experta y conocedora del mercado, contrae, para con otra denominada cliente, encargante o proponente, a cambio de una comisión, la obligación de gestionar, promover, inducir y propiciar la celebración de un negocio poniéndola en conexión con otra u otras, sin tener vínculos de colaboración, dependencia, mandato o representación con alguna de ellas. ¿QUIEN REGULA EL PORCENTAJE DE COMISION? La costumbre mercantil. La costumbre mercantil es una fuente de derecho (Sentencia C-486 de 1993). A través de esta se consagran derechos y obligaciones y su función se asimila a la de la norma jurídica, permitiendo de este modo interpretar y subsanar los vacíos que existen en el sistema jurídico en materia mercantil. Su conocimiento y uso es importante al momento de realizar negocios o formalizar relaciones mercantiles, aunque contractualmente se pueden pactar disposiciones en contrario.
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